Cuando la pesada mochila de las deudas comienza a volverse insostenible y las alternativas parecen agotarse, muchas personas consideran la repactación como una solución inmediata, ya que siempre tendrás a un ejecutivo bancario listo para hacer que firmes el -no tan conveniente- acuerdo que te ofrecen.
Sin embargo, lo que a primera vista parece un alivio, puede convertirse en una carga aún más pesada a largo plazo: tasas más altas, interés sobre interés y costo total del crédito que puede llegar a doblar la deuda original, sobre esto, puedes leer con detención en nuestro blog anterior: Cómo Renegociar Deudas: Alternativa Real a la Repactación Bancaria.
Entonces, ¿qué alternativas existen cuando repactar no es la mejor opción? Una gran opción para estos casos, es el procedimiento de renegociación de deudas ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir).
Este procedimiento, se trata de una alternativa legal que se encuentra regulada en la Ley N°20.720, cuyo objetivo es evitar que una persona caiga en una situación de insolvencia severa, en la que no pueda cumplir con el pago de sus deudas, sea demandado y posteriormente pueda perder sus bienes.
En el procedimiento de renegociación, se busca acordar nuevas condiciones de pago con tus acreedores, incluyendo la posibilidad de acceder a meses de gracia antes de retomar el pago de las deudas, las cuales se pueden suspender mientras dura la tramitación.
Además es posible obtener tasas de interés significativamente menores a las que se podrían obtener en una repactación directa con el banco, llegando incluso en muchos casos al 0%.
Requisitos para acceder al proceso
- No contar con movimientos en primera categoría tributaria, dentro de los 24 meses anteriores al inicio del proceso.
- Contar con al menos 2 deudas vencidas por 90 o más días corridos.
- Que las 2 deudas vencidas sumen al menos 80 UF (3 millones de pesos o más).
- Contar con al menos 2 acreedores distintos.
- No haber sido notificado de una demanda en juicio ejecutivo o liquidación.
Es muy importante también, para que tus bienes no corran peligro durante el proceso, que siempre mantengas al día el pago de tu crédito hipotecario y automotriz.
El crédito hipotecario no es un crédito susceptible de renegociar, este siempre va a mantener sus condiciones originales, por tanto, deberás seguir pagando el mismo monto de dividendo que ya tienes.
Por su parte el crédito automotriz, por regla general, tampoco es renegociable, sin embargo, en el último tiempo, algunas de estas instituciones han comenzado a aceptar ser parte del proceso.
¿Cómo funciona el paso a paso de la renegociación?
- Para poder presentar tu solicitud ante la Superintendencia, requerimos presentar una serie de documentos, para los que necesitamos tu colaboración, pues, son documentos que solo tú puedes obtener.
- Una vez que logremos obtener toda la documentación, presentaremos la solicitud para que la superintendencia analice los antecedentes y pida más si así lo requiere.
- Cuando todos los documentos sean aceptados y tu solicitud sea declarada admisible, quedarás protegido contra demandas y embargos, no podrán iniciarse acciones judiciales en tu contra mientras dure el proceso.
- Además, el monto de tu deuda se congelará al valor que tenga en ese momento, por lo que no seguirán acumulándose intereses.
- A partir de entonces también, se programarán las dos audiencias que conforman este procedimiento y estarás muy cerca de obtener la renegociación de tus deudas.
Sabemos que lidiar con las deudas puede generar mucha angustia, pero contar con herramientas como la Renegociación ante la Superir, te permite retomar el control de tus finanzas.
Informarse y tomar decisiones con un respaldo legal puede marcar la diferencia entre seguir atrapado en un ciclo de deudas o comenzar un nuevo camino hacia la estabilidad financiera.